El Ministerio Público concluyó este jueves la lectura del expediente acusatorio contra las 39 personas involucradas en este caso de extorsión.
La medida de coerción continuará este vienes a las 11 de la mañana.
Varios implicados del caso fueron trasladados desde la cárcel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva en Santo Domingo, donde habían sido llevados por un supuesto plan de fuga, según denunció el Ministerio Público.
El Ministerio Público pide 18 meses de prisión preventiva contra los imputados Sucre Rafael Rodríguez Ortiz (Darimán y/o Dari), José Eliezer Rodríguez Ortiz, Sarah Altagracia Kimberly Rodríguez Ortiz, Jhonatan Francisco Vásquez Ventura, Máximo Miguel Mena Peña (Max),
Emmanuel Castro Ozuna (Billete), Josué de Jesús Marte, Mayobanex Braulio Rafael Rodríguez Fernández (Mayo), Ángel Rafael Peralta Guzmán (Alikate) y Anabel Adames.
También contra Genaro Antonio Hernández Caba (Moreno K5), Pablo Miguel Balbuena (Miguel Ortiz y/o La Válvula), David Antonio Guzmán Javier, Winston Rafael Batista Brito, Jean Carlos Rosa Vargas, William Hiche Cárdenas, Wilmer Abreu Durán y Juan de Dios Martínez Brito.
Son imputados además Salim Bautista Santana, Enrique Sánchez, Cedrik Sánchez Rodríguez, Carlos Daladier Silverio Cabral, Ramón Tomás Camacho Tejada (Blood), José Efraín Mejía, Víctor Manuel Hernández, Rubén Ángel María Reynoso Rodríguez, Juan Carlos Belliard Uceta,
Wilson Núñez Rodríguez, José Oscar Peguero Martínez y William Alberto Díaz Cruz.
Asimismo, Jonathan Yoelfri Peña Martínez, José Estévez Then Mena, Willys Mena, Augusto Fermín Jáquez y/o Augusto Fermín Rodríguez Jáquez, Félix Manuel Jorge Muñoz, Juan Carlos Silverio Gómez, Cristina Lhin Yeng, Bonifacio Daniel Estévez Irrizari y Linda Pérez.
Al grupo se le imputan los tipos penales descritos y sancionados en los artículos 14 y 15 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que sancionan la obtención ilícita de fondos y la estafa a través de medios informáticos, telemáticos y de telecomunicaciones.
Además, se les imputan los artículos 2, numerales 1, 2, 3 y 4, así como el 4 en sus numerales 7, 8 y 9 de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos. La acusación sostiene que el grupo transgredió los artículos 59, 60, 258, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, que tipifican la complicidad, asociación de malhechores y la usurpación de funciones, así como el 405 del citado código, que instruye sancionar la estafa.
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Nj productora