En la instancia se acusa a Rafael Guerrero de violación del artículo 21 de la Ley 53-07 Sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
El referido artículo establece que "la difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo".
Este es el segundo sometimiento que hace un exgeneral retirado en contra de Rafael Guerrero, ya que el primero fue hecho por el ex presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Rolando Elpidio Rosado Mateo, a través del abogado José Valdez Fernández.
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