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El Tribunal Constitucional estableció, mediante sentencia,  que el uso de la tecnología para instaurar la modalidad virtual en el servicio judicial  debe regularse por vía legislativa y como resultado del  consenso que se genera  en el Congreso Nacional alrededor de las leyes.

Determinó  que el  Consejo del Poder Judicial (CPJ) rebasó su ámbito de competencia al dictar la resolución  007-2020, que estableció el Protocolo para Manejo de Audiencias Virtuales, la cual anuló, por tratarse  de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional que deben ser regulados por ley.

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