El Tribunal Constitucional estableció, mediante sentencia, que el uso de la tecnología para instaurar la modalidad virtual en el servicio judicial debe regularse por vía legislativa y como resultado del consenso que se genera en el Congreso Nacional alrededor de las leyes.
Determinó que el Consejo del Poder Judicial (CPJ) rebasó su ámbito de competencia al dictar la resolución 007-2020, que estableció el Protocolo para Manejo de Audiencias Virtuales, la cual anuló, por tratarse de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional que deben ser regulados por ley.