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El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) se incautó este martes de 25 mil cajas de medicamentos falsificados, vencidos o en estado de deterioro así como de una gran cantidad de muestras médicas que eran vendidas de manera irregular.

El operativo fue encabezado por el director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, quien visitó junto a inspectores varios de los establecimientos que venden medicinas.

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) anunció este lunes que arreciará los operativos masivos en todo el territorio nacional en procura de terminar con la venta de medicamentos falsificados y la comercialización de muestras médicas

El director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, detalló que la institución iniciará el proceso de desmantelamiento, sanción y sometimiento a la justicia de todo aquel que esté ejerciendo esta práctica ilegal en perjuicio de los consumidores y de las empresas farmacéuticas.

“Actuaremos sin contemplación debido a que es un tema de salud, de vida y por primera vez daremos el frente con el objetivo de erradicar definitivamente esta práctica comercial tan perjudicial para la salud y la vida de todos los dominicanos”, aseveró el funcionario.

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) anunció que incautará y sancionará por la comercialización del producto denominado “ácido del diablo”, cuya venta está restringida al consumidor final de destapadores de tuberías mediante la resolución 104-2010 y la ley 358-05 de protección al consumidor.

El director de la entidad, , Eddy Alcántara, informó que aplicará las sanciones de lugar “a esos negocios que no estén cumpliendo con esa resolución y con lo que establece la normativa que crea la institución defensora de los derechos de los consumidores”.

Dijo que la citada resolución emitida el 22 de septiembre de 2010 por este organismo, busca evitar la venta masiva de los componentes del producto que genera afectación por su indebido uso, “por lo que restringe la venta al consumidor final de destapadores de tuberías, cuyos ingredientes sean productos ácidos inorgánicos, como el sulfúrico, clorhídrico, nítrico y cualquier otro producto corrosivo ácido y de potencial daño a la salud y a la seguridad del consumidor o usuario”.

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