El Consejo de Defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez calificó el octavo informe de Participación Ciudadana como un “pasquín político carente de rigor jurídico”, en medio de un proceso penal que, según alegan, se acerca a los seis años de duración.

Los abogados del exfuncionario sostienen que el documento busca “imponer una narrativa artificiosa” para influir en el sistema de justicia, justo cuando el caso supera el plazo máximo de cuatro años establecido en el Código Procesal Penal.

Según la defensa, el informe contiene informaciones “falsas, tergiversadas y manipuladas”, con el objetivo de presionar a los tribunales y vulnerar el principio de legalidad.

Cuestionaron que Participación Ciudadana sustente sus argumentos en decisiones antiguas de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional, las cuales —aseguran— han sido superadas por jurisprudencias más recientes.

Entre estas, citaron la sentencia TC/0538/25, que establece que el plazo razonable constitucional sí corresponde al límite de cuatro años fijado en la normativa procesal.

Rechazaron la afirmación de que los plazos del Código Procesal Penal sean “referenciales”, calificándola como una “aberración jurídica”. Indicaron que la sentencia TC/1296/25 reafirma que ese plazo constituye el tiempo máximo de duración de un proceso, incluyendo todas sus instancias.

La defensa también acusó a la organización de responder a intereses políticos y de procurar beneficios institucionales, señalando que varios de sus directivos han sido designados en cargos públicos.

En cuanto al desarrollo del caso, los abogados argumentaron que las dilaciones no son atribuibles a Rodríguez, quien —según indicaron— nunca ha faltado a audiencias ni ha solicitado aplazamientos.

Recordaron que el exfuncionario permaneció cuatro años en prisión preventiva.

El Consejo de Defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez calificó el octavo informe de Participación Ciudadana como un “pasquín político carente de rigor jurídico”, en medio de un proceso penal que, según alegan, se acerca a los seis años de duración.

Los abogados del exfuncionario sostienen que el documento busca “imponer una narrativa artificiosa” para influir en el sistema de justicia, justo cuando el caso supera el plazo máximo de cuatro años establecido en el Código Procesal Penal.

Según la defensa, el informe contiene informaciones “falsas, tergiversadas y manipuladas”, con el objetivo de presionar a los tribunales y vulnerar el principio de legalidad.

Cuestionaron que Participación Ciudadana sustente sus argumentos en decisiones antiguas de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional, las cuales —aseguran— han sido superadas por jurisprudencias más recientes.

Entre estas, citaron la sentencia TC/0538/25, que establece que el plazo razonable constitucional sí corresponde al límite de cuatro años fijado en la normativa procesal.

Rechazaron la afirmación de que los plazos del Código Procesal Penal sean “referenciales”, calificándola como una “aberración jurídica”. Indicaron que la sentencia TC/1296/25 reafirma que ese plazo constituye el tiempo máximo de duración de un proceso, incluyendo todas sus instancias.

La defensa también acusó a la organización de responder a intereses políticos y de procurar beneficios institucionales, señalando que varios de sus directivos han sido designados en cargos públicos.

En cuanto al desarrollo del caso, los abogados argumentaron que las dilaciones no son atribuibles a Rodríguez, quien —según indicaron— nunca ha faltado a audiencias ni ha solicitado aplazamientos.

Recordaron que el exfuncionario permaneció cuatro años en prisión preventiva.

 

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