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El protocolo para recoger enfermos mentales de las calles implica cuatro fases con la participación de diversas instituciones estatales, e incluso las embajadas en casos de extranjeros, lo que permitió en el período 2017-2020 retirar de las vías públicas a 642 deambulantes, 336 hombres y 306 mujeres.
De esa cantidad, 45 fueron recluidos en el Centro de Rehabilitación Psicosocial (CRPS), ubicado donde funcionaba el antiguo manicomio del kilómetro 28 de la autopista Duarte, adonde solo son llevados quienes se comprueba que no tienen familiares o no pueden ser identificados sus parientes.
En el 2017 fueron retirados 89 enfermos mentales de las calles, 48 mujeres y 41 hombres; en 2018 un total de 170, del sexo femenino 80 y del masculino 90; en 2019 ascendió a 104, 44 féminas y 60 hombres, y 279 en 2020, mujeres 134 y hombres 145.
El “Programa para la protección de las personas con enfermedad mental crónica sin hogar” comenzó a articularse en el año 2016 y la mayoría de las intervenciones hasta 2020 fueron realizadas en el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Puerto Plata y La Altagracia.
El objetivo del programa es garantizar los servicios de salud, tratamiento y la rehabilitación psicosocial, logrando la reinserción a su vida familiar y comunitaria.
En una entrevista para LISTÍN DIARIO, el exdirector de Salud Mental, Ángel Almánzar, sugirió la semana pasada al Ministerio de Salud Pública desempolvar el protocolo del “Programa Deambulante” existente en esa institución y cumplir con sus directrices, ante las quejas de diversos sectores por las frecuentes situaciones presentadas con indigentes y pacientes con trastornos mentales en las calles del país.
El programa se comenzó a aplicar en las áreas de salud cuatro, cinco y seis de la región Metropolitana.
Las fases
La primera fase del protocolo, al cual tuvo acceso LISTÍN DIARIO, inicia con la recepción de la denuncia vía la línea *GOB (*462) e inmediatamente se deriva el caso al Departamento de Salud Mental de Salud Pública, que identifica la Dirección Provincial de Salud o Dirección de Área de Salud (DPS/DAS) a la que corresponde.
Luego la DPS o DAS realiza un descenso en la comunidad para ejecutar la autopsia social de la persona sin hogar e identificar si tiene una condición de salud mental, porque podría tratarse de un indigente.
Ese equipo prioriza en el nivel de vulnerabilidad del deambulante con el apoyo de personal del Departamento de Salud Mental.
En la fase dos se realiza la coordinación con los equipos de transporte sanitario, según aplique, y si la persona se encuentra en condición de urgencia psiquiátrica se activa el sistema 911 o el servicio de ambulancias de Salud Pública.
Esta etapa implica también la derivación del paciente a la estructura sanitaria que corresponda y que se identifican en la fase tres, que podrían ser una unidad de intervención en crisis (UIC) de corta estadía, tratamiento ambulatorio, una unidad de atención primaria (UNAP) en su comunidad junto a sus familiares o tutores, dispositivo de rehabilitación o viviendas tuteladas.
La fase cuatro del protocolo contempla implementar el programa individualizado de atención en los centros de rehabilitación, psicoeducación individual, familiar y comunitaria por parte de las UNAP y Centros de Salud Mental Comunitarios.
Este nivel de intervención incluye acuerdos con diversas instituciones de la comunidad para garantizar la reinserción laboral por parte de la Mesa de Salud y Centros de Salud Mental Comunitarios, además de asegurar la provisión de psicofármacos por parte de la Red de Servicio Nacional.
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Nicolás E. Grullón
Comunicador
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