La comunicación fue escrita en respuesta a la solicitud realizada por el partido opositor para que la entidad supervise ese proceso que está supuesto a celebrarse el 16 de octubre del 2022 y la misma refleja que esa petición es “improcedente” por las razones ya citadas y que un “aspirante presidencial” no se “preselecciona” sino que se inscribe en los plazos establecidos por ley y allí es considerado ya un “precandidato”.
“El calendario electoral dominicano se encuentra organizado a los fines que, en primera etapa, los miembros de las distintas organizaciones políticas, puedan manifestar el interior de las mismas sus intenciones de participar a través de una precandidatura, lo cual no supone la realización de un proceso previo de preselección o escogitacion bajo la nomenclatura de aspirante”, añadió el presidente de la JCE en el documento enviado a Charlie Mariotti, quien es el secretario general del PLD.
Ese artículo 41 sobre la precampaña señala que es durante ese período en el que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular, y será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos.
La JCE explica que los partidos sí pueden realizar actos de organización y articulación de “estrategias electorales” a nivel interno como parte de su derecho de autoorganización y que para ello tienen derecho de auxiliarse de herramientas técnicas y científicas, siempre y cuando respeten las prohibiciones y limitaciones que establece la ley y las resoluciones de la JCE.
Se recuerda que mediante la Resolución 2-2022, la JCE suprimió el contenido del numeral 7 del artículo 6 de la resolución 28-2021 que establecía “no incurrir en acciones que pudieran afectar la moral y la honra de sus compañeros de partido, agrupación o movimiento político que también hayan manifestado una aspiración para el mismo nivel de elección u otros”.
Además modificó el contenido del numeral 5 del artículo 8 sobre prohibiciones durante el período previo al inicio de la precampaña. En la anterior se prohibía la colocación de estos tipos de mensajes sin hacer distinción si eran o no pagados.
A inicios del mes de febrero, el expartido oficialista inició el proceso en búsqueda de su próximo candidato presidencial y mediante un acuerdo entre los aspirantes, se decidió realizar lo que denominaron como una “amplia consulta” para determinar cuál de ellos cuenta con mayor tasa de aceptación y de esa forma oficializar el apoyo de la plana mayor en esa persona, una vez las precandidaturas sean oficiales en julio del próximo año.
Los aspirantes a ocupar la casilla presidencial por el PLD son la exvicepresidenta, Margarita Cedeño; el alcalde por Santiago, Abel Martínez; el exprocurador, Francisco Domínguez Brito y los dirigentes Maritza Hernández y Luis de León.
La cúpula del partido morado ha sido enfático en señalar que todo el mundo puede y tiene derecho a inscribirse como precandidato en julio pero que quien lo haga “debe de saber que ya el partido estará apoyando que a un precandidato”.
En la comunicación, la JCE a pesar de señalar la ilegalidad del proceso no hace un llamado a que no se celebre la misma ni una consecuencia por su realización.
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Nj productora