La Junta Central Electoral revocó la decisión del Ministerio de Administración Pública (MAP) que exigía licencia a los empleados públicos que son candidatos a posiciones de elección popular.
Aunque la decisión del MAP se amparaba en articulados de la Ley de Régimen Electoral, la JCE haciendo uso de su facultad regulatoria, delimitó el término «funcionario público «, apartando de el a los «empleados públicos» que ocupan posiciones de menor jerarquía.
El presidente de la JCE, Román Jáquez, dijo una carta dirigida al MAP que un funcionario público es aquel que, siendo electo o designado, maneja recursos económicos, bienes del Estado o tiene a su cargo la dirección o autoridad general o parcial del personal que labora en una institución.
“En virtud de lo antes expuesto, la JCE tiene a bien dejar por establecido que no incluyó en su resolución los demás empleados públicos que tengan aspiraciones a cargos de elección popular”, indicó.
Dijo que los demás empleados públicos no están en la obligación de tomar licencia de sus puestos de trabajo, ni mucho menos se les debe suspender de sus funciones ni sus salarios.
Jáquez argumentó que la intención del legislador al redactar la ley ha sido evitar que funcionarios de alta categoría se beneficiaran de su posición.
“Es evitar que se produzcan desequilibrios y ventajas coyunturales en la competencia política entre personas que compitan por un puesto de elección popular y que a la misma vez desempeñan funciones públicas de relevancia constitucional e institucional”, agregó.
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