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El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto la resolución que estableció un régimen regulatorio para el trabajo doméstico en República Dominicana, que dispuso la contratación obligatoria y regulada por el Ministerio de Trabajo, horarios limitados a 8 horas diarias y la inclusión en el Sistema Dominicana de Seguridad Social de estos empleados.
La decisión del Constitucional se informó este martes, con la publicación de la parte dispositiva de la sentencia sobre un recurso de la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta el 16 de diciembre de 2022 contra la resolución 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El dispositivo indica que admite y acoge el recurso y, en consecuencia, "declara no conforme con la Constitución esta resolución, emitida el 25 de agosto de 2022; y "ordena la comunicación de la presente sentencia, por Comunicado núm. 35/23-Secretaria del Tribunal Constitucional" a la parte accionante, al Ministerio de Trabajo, organismo que emitió la resolución, al Congreso Nacional y a la Procuraduría General de la República.
La acción directa de inconstitucionalidad fue presentada por los abogados Luis Vilchez Bournigal, Jorge Vilchez Bournigal y Laura Serrata.
Otro recurso pendiente
Se recuerda que la puesta en aplicación de esta resolución fue dada a conocer por el Gobierno el pasado primero de septiembre de 2022, en un acto celebrado en San Francisco de Macorís y que encabezó el presidente de la República, Luis Abinader.
Ese día también fue anunciada la resolución 11-2022 del Comité Nacional de Salario, que establece el sueldo mínimo del trabajo doméstico en RD$10,000.
Además, la 501-08 del Consejo Nacional de la Seguridad Social, que aprueba un Plan Piloto para la inclusión de los trabajadores domésticos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), bajo el Régimen Contributivo Subsidiado, en un esquema de financiamiento de aporte fijo con cargo al empleador, al trabajador y al Estado.
Esta última resolución también fue recurrida en inconstitucionalidad por los mismos abogados junto a la 14-2022. El recurso, bajo el expediente TC-01-2022-0042, aún está pendiente de ser conocido por el Tribunal Constitucional.
Las resoluciones 14-2022 y 11-2022 entraron en vigor el 19 de diciembre del 2022, y el pasado primero de mayo de 2023 se inició del registro de trabajadores domésticos de manera conjunta con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
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En este esquema, el empleador debe aportar cada mes RD$571.50 de un total de RD$859.43 para los fondos de los trabajadores domésticos en la Seguridad Social. El trabajador aportaría RD$28.50 y el Estado dominicano, RD$259.43.
Debe ser por ley
Al comentar la decisión, el abogado Luis Vilchez Bournigal, accionante en contra de la resolución, consideró que lo que el Gobierno busca establecer a favor de los trabajadores domésticos debe ser dispuesto a través de una ley que modifique el Código de Trabajo.
"Si se quieren reconocer esos puntos adicionales a favor de las trabajadoras domésticas, la vía correcta es a través de una ley. Una ley, no una resolución, una ley debe ser a través del Congreso, y el Congreso debe poner el tema en discusión, aprobarlo, y así quedar modificado el Código de Trabajo en aquellas disposiciones que no están acorde con lo que se busca establecer", explicó a Diario Libre.
Consideró que "el ministro de Trabajo se extralimitó con lo relativo a tener que inscribir en la seguridad social y que esa obligación le recayera al empleador".
Vilchez Bournigal indicó que ahora, con la decisión del Tribunal Constitucional, "esa resolución (14-2022) ya no tiene ninguna validez y todo vuelve al Código de Trabajo solamente. Ya no hay obligación de inscribirlas (trabajadores domésticos) en ningún lado, no se tiene que hacer ningún registro en el Ministerio de Trabajo, ni tampoco pagar Seguridad Social".
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