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Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), adelantó que tan pronto le sea notificada la decisión íntegra del tribunal, el 25 de este mes, recurrirán con relación a las personas que han sido descargadas.
Consideró que aportaron las pruebas para que el tribunal emitiera más condenas aparte de las impuestas a Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa.
“Los corruptos no deben tener nadie que los ayude ni ningún lugar donde esconderse”, dijo el procurador adjunto luego de conocer el veredicto que descargó al abogado Conrado Pittaluga y los exsenadores Andrés Bautista, Tommy Galán y el exfuncionario Juan Roberto Rodríguez.
Camacho justificó que en la lectura de la sentencia emitida por el tribunal, pudo apreciar algunas contradicciones, que serán la base para atacar la sentencia ante un tribunal de alzada.
Pero, la Procuraduría no será la única en echar el pleito. Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa también están decididos a apelar la sentencia cuando se les notifique.
Rondón y sus abogados plantearon que no puede haber un sobornador sin sobornado y que por eso van a la Corte, convencidos de que podrían tener ganancia de causa.
En tanto que Víctor Díaz Rúa consideró que la sentencia emitida es “un disparate” y por eso recurrirán en apelación.
El tribunal que emitió el fallo, también ordenó el decomiso de los bienes muebles e inmuebles de Rondón y Díaz Rúa.
Opiniones de terceros
Desde ya, algunos abogados prevén que los condenados podrían salir gananciosos en la Corte de Apelación.
El jurista César Guzmán explicó que para la configuración del lavado de activos se necesita un delito precedente, y que en el caso de la condena a Víctor Díaz Rúa, y en la lectura de la sentencia, no se estableció. Considera que si ese es el caso, ya que no ha salido la sentencia completa, entonces la decisión del tribunal conforme a la culpabilidad por lavado retenida a Díaz Rúa, no se corresponde.
En cuanto a Rondón, entiende el togado que este tiene razón al cuestionar el hecho de que el tribunal encontró un sobornador y no un sobornado. “En la lógica jurídica se establece que si hay un delito que yo he cometido, debe haber una consecuencia de ese delito, y no hay una persona sobornada, al menos el Ministerio Público no ha depositado alguna prueba de a quién se le sobornó”, dijo.
La abogada y exfiscal, Ingrid Hidalgo, también se expresó en ese sentido. “En el caso de los que le retuvieron culpabilidad, a la hora de las jueces estar motivando oralmente la sentencia, no pude apreciar que manifestaran en qué consistió el soborno, porque aunque no es por el tipo penal contenido en el Código Penal, sino en la ley especial, la 448, se tiene que establecer a quién Rondón le sobornó”, estableció la abogada.
Estos abogados entienden que debido a estos elementos de la sentencia, en la Corte de Apelación tanto Víctor Díaz Rúa como Ángel Rondón podrían ser favorecido con una revocación de la condena y emitir su sentencia propia.
El fallo a apelar fue emitido por las juezas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo del primer colegiado del Distrito.
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