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El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) informó ayer que emitió una normativa técnica sobre el Estándar Homologado de los Casos de Protección Personal, la cual regula el tipo de casco que deberán utilizar obligatoriamente los conductores y pasajeros de motocicletas en todo el territorio nacional.La disposición, sustentada en el artículo 157 de la Ley 63-17 y el decreto 256-20, fue aprobada a nivel internacional, tras ser presentada y validada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), conforme a los compromisos de transparencia y cooperación técnica asumidos por República Dominicana.Un comunicado de prensa del Intrant indica que la normativa contó con la asesoría técnica de la Fundación FIA y cursó un amplio proceso de consulta nacional con importadores, vendedores, asociaciones de motociclistas, usuarios y actores institucionales vinculados al sector.El anuncio y la firma de la normativa se realizaron durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025, un evento organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Foro Internacional del Transporte (ITF–OCDE), con la participación de ministros, autoridades y expertos de toda la región.Durante el encuentro, el director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, destacó que esta normativa constituye una acción concreta orientada a salvar vidas. “Cada casco homologado representa una vida protegida. Con esta medida reforzamos la seguridad de los motociclistas y sus pasajeros, quienes deben utilizar cascos certificados que garanticen la máxima protección ante un impacto”, añadió el funcionario.La normativa establece que solo serán considerados homologados los cascos que cumplan con estándares internacionales certificados por laboratorios acreditados bajo la norma ISO/IEC 17025.Estos incluyen: UN/ECE 22-06 (Unión Europea), FMVSS No. 218 (DOT), SNELL M2020/M2025, GB 811-2022 (China), QCVN 2:2021/BKHCN (Vietnam), IS 4151:2015 (India), NTC 4533 (Colombia), NBR 7471 (Brasil), JIS T 8133:2015 (Japón) y BS 6658:1985 (Reino Unido). También se admitirán los cascos bajo el estándar UN/ECE 22-05 mientras continúe vigente.La normativa detalla que los cascos homologados deben contar con una coraza exterior rígida, un sistema de absorción de impactos y una retención ajustable, garantizando la máxima protección de la cabeza del usuario.Asimismo, se prohíbe de forma expresa el uso del medio casco, debido a su cobertura insuficiente y al mayor riesgo de lesiones graves que representa.El Intrant recuerda que el uso del casco homologado es obligatorio para el conductor y el pasajero, quienes deben llevarlo correctamente colocado y abrochado durante todo el trayecto.Refiere que el casco debe ajustarse adecuadamente, no presentar daños estructurales y debe ser reemplazado tras un accidente o al cumplir siete años desde su fabricación.De igual modo, queda prohibida la alteración o retiro de las etiquetas de certificación, ya que estas acreditan la autenticidad del producto. El Intrant advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones será objeto de sanciones conforme a la Ley 63-17.El Intrant explicó también que, junto a la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), desarrollará campañas educativas y operativos de supervisión para orientar a los motociclistas sobre la importancia de utilizar cascos homologados y las consecuencias de no cumplir con esta disposición.Como parte del proceso de fortalecimiento de la seguridad vial y la construcción de consensos con los sectores involucrados, el Intrant recuerda que hace algunos meses celebró el Primer Foro Nacional para el Uso Responsable de la Motocicleta, espacio en el que se abordaron buenas prácticas, riesgos y medidas concretas para proteger la vida de los motociclistas.Este encuentro, precisa la institución, aportó insumos relevantes al proceso de consulta de esta normativa técnica.
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