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El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) anunció que incautará y sancionará por la comercialización del producto denominado “ácido del diablo”, cuya venta está restringida al consumidor final de destapadores de tuberías mediante la resolución 104-2010 y la ley 358-05 de protección al consumidor.
El director de la entidad, , Eddy Alcántara, informó que aplicará las sanciones de lugar “a esos negocios que no estén cumpliendo con esa resolución y con lo que establece la normativa que crea la institución defensora de los derechos de los consumidores”.
Dijo que la citada resolución emitida el 22 de septiembre de 2010 por este organismo, busca evitar la venta masiva de los componentes del producto que genera afectación por su indebido uso, “por lo que restringe la venta al consumidor final de destapadores de tuberías, cuyos ingredientes sean productos ácidos inorgánicos, como el sulfúrico, clorhídrico, nítrico y cualquier otro producto corrosivo ácido y de potencial daño a la salud y a la seguridad del consumidor o usuario”.
Indicó que la venta de estos químicos inorgánicos están autorizados de manera exclusiva para procesos industriales, empresas de servicio y técnicos o profesionales legalmente habilitados para tales fines.
Explicó que este tipo de producto químico vendido de manera irregular por algunos comercios, representa un serio peligro para la salud de personas cuando se utiliza para fines criminales, como ha ocurrido en múltiples casos registrados en el Gran Santo Domingo y pueblos del interior del país.
Recordó que recientemente en la comunidad de Conuco, provincia Hermanas Mirabal, una joven fue atacada con “Acido del diablo” frente a su vivienda, provocándole daños graves en diferentes partes del cuerpo, lo que la mantiene hospitalizada en un centro de la capital. “Vamos a sancionar aquellos comercios que no cumplan con lo establecido por la resolución emitida por Pro Consumidor y por la ley 358-05”, indicó.
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