El Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto que modifica la Ley 42-01 General de Salud, para que el Estado disponga la creación de unidades de atención mental y centros de rehabilitación psicosocial en las principales provincias del país. La iniciativa, del senador Franklin Peña por San Pedro de Macorís, modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 42-01 para establecer la provisión de redes de atención comunitaria, como viviendas, tutelas, hogares de paso, hospital de días y para el seguimiento ambulatorio a través de los Centros de Salud Mental Comunitarios (CSMC).
Dice la normativa en el párrafo del artículo 18, que "es un deber del Estado propiciar hospitales de salud mental, centro de rehabilitación psicosocial en las principales provincias. La propuesta pasa a la Cámara de Diputados para su ponderación.
El artículo 36 expresa que el tratamiento de las personas con enfermedades o trastornos mentales o con discapacidad psíquica o intelectual se realizará con apego a los estándares de atención.
Agrega el numeral 3, que se debe proporcionar a estas personas un tratamiento en base a la mejor evidencia científica disponible y a criterios de costo-efectividad, en relación al mejoramiento de la salud y bienestar integral de la persona; en tanto, el numeral 6 precisa que "la atención de salud no podrá dar lugar a discriminación respecto de otras enfermedades, en relación a cobertura de prestaciones y tasa de aceptación de licencias médicas.
"El Estado proveerá atención en salud mental a personas vulnerables, en conflicto o no con la ley, sin distinción de edad, nacionalidad, patrimonio, sexo o religión", precisa la iniciativa.

 


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