Desde las 12:00 de la noche de este jueves 15 de febrero de 2024 está prohibido realizar actos y propaganda de proselitismo con miras a las elecciones municipales del próximo domingo 18.
Desde 24 horas antes de la elección, es decir, desde las 7:00 am del sábado 17 de febrero, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 am del lunes 19.
Se exceptúan de las disposiciones de este artículo, las instituciones hoteleras ubicadas en las zonas turísticas, así como en otras localidades del país.
La JCE informó que el 18 de febrero próximo, día de los comicios municipales, no será laborable, según lo establece la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral. Cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a facilitar a sus empleados el tiempo que requieran para votar, sin afectar sus salarios y otros derechos.
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